La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó en su pagina web la posibilidad de generar el formulario 4550 creado por la Resolución General 3579 (AFIP) con fecha 20 de Enero de 2014.
Recordemos que este formulario es el que debe ser completado y presentado cuando se realicen compras minoristas a proveedores del exterior a través de páginas de Internet y que son retiradas desde oficinas del Correo Oficial - incluido el servicio puerta a puerta - o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier.
Hasta el día de la fecha el formulario 4550 solo se encontraba disponible para ser completado en forma manual en tanto que desde ahora el mismo deberá ser generado a través de la página de Internet de la AFIP ingresando con Clave Fiscal al servicio denominado Mis Aplicaciones Web.
Luego de ingresar a dicho servicio deberá seleccionarse el Formulario Nº 4550 (Compras a proveedores del exterior) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada.
La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente y, en caso de que se haya superado los U$S 25 anuales que operan como franquicia en estas compras, deberá también realizarse el pago equivalente al 50 % del importe que exceda dichos U$S 25 calculados en pesos utilizando para ello la cotización tipo de cambio vendedor del dólar del Banco de la Nación Argentina del día anterior al del pago. Este pago debe realizarse mediante la generación del vep correspondiente desde la página de la AFIP. El sistema automáticamente va a controlar si se cubrió -o no- la franquicia de u$s25 anuales. De estar superado el límite anteriormente mencionado, el sistema calcula el impuesto (es decir, el derecho de importación). El importe se transforma a pesos al generar el volante de pago.
Manual Paso a Paso Formulario 4550 ingresa aquí: F 4550 Manual Paso a Paso
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