Ir al contenido principal

Ganancias y Monotributo. Análisis del Dictamen en Mayoría del Gobierno

El oficialismo impuso el dictamen en mayoría en la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados en torno a la reforma del Impuesto a las Ganancias y del Monotributo.





El martes próximo los proyectos (hay otros dictámenes en minoría) se tratarán en la Cámara de Diputados.

La diferencia fundamental entre los proyectos en cuestión radica en la actualización del mínimo no imponible y de las escalas de ganancias y monotributo.

La falta de acuerdo en la Comisión y lo parejo entre las distintas bancadas hace que el resultado de la votación sea incierto e imprevisible.  No obstante, el dictamen de la mayoría tiene más probabilidades de ser aprobado, por tal motivo se analizará el mismo a continuación.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

DEDUCCIONES PERSONALES
a) Se reduce el importe a deducir por cónyuge igualándolo al importe a deducir por hijos.
b) Se elimina la posibilidad de deducir como cargas de familia a los bisabuelos, abuelos, padres, nieto, bisnieto, hermano o hermana, suegra, yerno o nuera.
c) Se reduce la edad hasta la que pueden deducirse los hijos: 18 años cuando antes se permitía la deducción hasta los 24 años.
d) Se mantiene la discriminación respecto de los trabajadores autónomos respecto del importe a deducir en concepto de deducción especial
e) Se incrementan los importes correspondientes a las deducciones personales en un 15%. Los nuevos importes son los siguientes:
Mínimo no imponible:                   48.666
Hijos                                                  22.872
Conyuge                                            22.872
Deducción especial                        48.666
Para los empleados en relación de dependencia la deducción especial se incrementa en 3,8 veces

DEDUCCIÓN ALQUILERES CASA HABITACIÓN
Se incorpora la posibilidad de deducir los alquileres pagados por casa-habitación. El importe máximo a deducir alcanza al importe equivalente al Mínimo no imponible ($ 48.666 anuales). Es requisito para poder realizar está deducción que el contribuyente no resulte titular de ningún inmueble, cualquiera sea la proporción.

DEDUCCIÓN DE VIÁTICOS
Se incorpora la deducción de los viáticos entendiéndose por tales a los reintegros de gastos por comisiones de servicios realizas fuera de la sede en donde se prestan las tareas. El importe a deducir lo fijará la AFIP en función de la actividad desarrollada, las modalidades de prestación del servicio y la zona geográfica y no podrá superar el 40$ del importe correspondiente al mínimo no imponible.

NUEVAS ESCALAS Y ALÍCUOTAS PERÍODOS 2017 / 2018 / 2019

2017

2018

2019




MONOTRIBUTO

LÍMITES MÁXIMOS
Se incrementan un 50% los límites máximos del Monotributo.
Servicios pasa de $ 400.000 a $ 600.000 y Venta productos pasa de $ 600.000 a $ 900.000

ACTUALIZACIÓN IMPORTES DE LAS CATEGORÍAS


NUEVOS IMPORTES PARA CADA CATEGORÍA

NUEVO IMPORTE DE LA COTIZACION PREVISIONAL
Se incrementa a $ 300 el importe mensual correspondiente a la cotización provisional fija con destino al Sistema Integrado Provisional Argentino.

REINGRESO AL MONOTRIBUTO
Los pequeños contribuyentes que hubieran quedado excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, por aplicación de los parámetros existentes con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente Ley, durante los DOCE (12) meses inmediatos anteriores a dicha fecha, podrán volver a adherir al mismo, por esta única vez, sin tener que aguardar el plazo previsto en el artículo 19 del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, en la medida en que reúnan los requisitos subjetivos y objetivos exigidos por el mencionado Anexo.
La ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS establecerá los procedimientos.

Nada dice respecto de quienes renunciaron voluntariamente (se supone que deberían poder reingresar siguiendo un criterio de equidad tributaria)

Para leer el proyecto de ley ingresa aquí:Proyecto Ley

Trámite legislativo para que los cambios en Ganancias sean ley antes de fin de año

Dictamen en Diputados
El proyecto obtuvo más de un despacho en la Comisión de Presupuesto y Hacienda y quedó listo para ser tratado en el recinto

Diputados
El martes se votará. Primero se buscará una mayoría sobre el dictamen del oficialismo, de mayoría. Por tratarse de la modificación de un impuesto, requiere dos tercios del cuerpo para ser aprobado

Discusión en el Senado
Una vez obtenida la media sanción, el proyecto comenzaría a ser estudiado en la Cámara alta la semana próxima. Podrían introducirse cambios antes de ser votado

Sanción

Tras la obtención de dictamen en el Senado, quedaría en condiciones de ser votado para obtener la sanción definitiva. El oficialismo pretende que se vote el miércoles 14, en sesiones extraordinarias



Comentarios

Entradas populares de este blog

Cómo Solucionar Algunos Errores en el SIAP y Aplicativos de AFIP

1) REINSTALACIÓN DEL SIAP. Para visualizar paso a paso el procedimiento indicado a continuación, podrá acceder a su tutorial presionando aquí. Debe seguir los pasos que se detallan a continuación: 1.- Copiar los archivos AFIP.MDB y AFIP.bak (estos archivos contienen los datos correspondiente a los contribuyentes). Si instaló el S.I.Ap por defecto, la carpeta en donde se encuentra instalado el aplicativo es C:\Archivos de programa\S.I.Ap\AFIP. 2.- Desinstalar el S.I.Ap., desde el "Panel de Control" con la opción "Agregar o Quitar programas". 3.- Instalar el S.I.Ap nuevamente. 4.- Reemplazar los archivos AFIP.MDB y AFIP.bak copiados en el punto 1, en la carpeta en donde está instalado el S.I.Ap. Tenga en cuenta que luego de reinstalar el S.I.Ap, y posteriormente ingresar a algún aplicativo, puede surgir el error 440. Para solucionarlo le pedimos que se siga las siguientes instrucciones: ERROR 440 - ERROR DE AUTOMATIZACIÓN. Debe tener a

MODELOS DE TELEGRAMAS DE EXTINCIÓN DE RELACIÓN LABORAL

1 ) POR ABANDONO DE TRABAJO 1.1) Cursar intimación previa al trabajador "Por motivos de ausentarse sin aviso desde el día......... intimamos reanude tareas en el término de 48 horas, caso contrario se considerar abandono de trabajo. Colaciónese." 1.2) Despido por abandono de trabajo "No habiéndose presentado a trabajar conforme términos telegrama y/o carta documento Nº ..... de fecha ........., consideramos abandono de trabajo y por tanto resuelto por dicha causa contrato de trabajo. Haberes y certificados a su disposición. Colaciónese." 2) POR FALTA DE TRABAJO NO IMPUTABLE A LA EMPRESA "Le informamos que procedemos a prescindir de sus servicios a partir del ....... por falta de trabajo fehacientemente justificada no imputable a la empresa. Liquidación final y certificados a su disposición. Colaciónese." 3) DESPIDO POR REUNIR EL TRABAJADOR LOS REQUISITOS PARA SU JUBILACIÓN. "Estando en condiciones de obtener una de las pre

Solicitud de Impresión de Facturas y Otros Comprobantes. Nuevo Procedimiento. RG AFIP 3665.

La Administración Federal de Ingresos Públicos a resuelto modificar el procedimiento para solicitar la autorización de impresión de comprobantes.  Principales modificaciones en la solicitud de impresión de comprobantes. IMPRESORES Y AUTOIMPRESORES 1) SUJETOS EXENTOS AUTOIMPRESORES En el caso de sujetos exentos en el impuesto al valor agregado que quieran inscribirse como autoimpresores se reduce el importe de ingresos correspondientes a los últimos doce meses anteriores a la solicitud de empadronamiento desde $ 50.000.000 a $ 5.000.000 Como segundo requisito a cumplir se mantiene la obligación de emitir más de 30.000 facturas o documentos equivalentes, en el período mencionado anteriormente. 2) PERMANENCIA EN EL REGISTRO DE AUTOIMPRESORES La permanencia en el “Registro de autoimpresores” estará sujeta al cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la Resolución General 100. La Administración Fede